PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer de la presente solicitud autónoma de Medida Cautelar de Protección a la Continuidad Agroalimentaria y Ambiental.SEGUNDO: Decreta MEDIDA PREVENTIVA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL, sobre los recurso naturales integrados por la fauna silvestre, los cursos de agua, lagunas y esteros existentes, conjuntamente con los bosques de galerías, que constituyen un 12,37% del área del predio (578 has) y que representan parte del área de protección de los cursos de agua y del reservorio de fauna silvestre; por cuanto la vegetación boscosa, está conformada por los bosques de galería de los caños Babos, Jesús, Morronero y Río Suripa los cuales sirven de reservorio para la fauna y flora silvestre. Entre las especies autóctonas del bosque seco tropical se observaron el Saman, Caoba, cedro, pardillo, guarataro, jabillo, vero, pardillo, aceite, especies que sirven de protección del ecosistema, conservando la flora y la fauna de las especies animales y vegetales autócton.....