En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de divorcio, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos Alexi Sánchez Carreño y Yolaxa Karina Márquez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 12.823.873 y 18.182.031, en su orden; debidamente asistidos por el Abogado en Ejercicio José Gregorio Romero Bolívar, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.380.798, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 134.497.-
SEGUNDO: Se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído en fech.....