Se DECLARO Primero: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el Imputado: ÁNGEL DAVID PARADA SÁNCHEZ, asistido por el abogado en ejercicio Naul Arévalo Campos, contra la decisión dictada en fecha 12/07/2010, por el Tribunal de Primera instancia en Funciones de Control Cuarto de este Circuito Judicial Penal. Segundo: Se confirma la decisión dictada por Tribunal de Primera instancia en Funciones de Control Cuarto de este Circuito Judicial Penal en fecha 12/07/2010, mediante la cual decretó Privación Judicial Preventiva de Libertad, al imputado Ángel David Parada Sánchez por la presunta comisión de los delitos de: ROBO AGRAVADO, RESISTENCIA AGRAVADA A LA AUTORIDAD, PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD, previstos y sancionados en los artículos 458, 277, 218 numeral 2° y 174 todos del Código Penal, USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 264 de la LOPNA, ASOCIACIÓN ILÍCITA PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 6 en relación con el artículo .....