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Decisiones del dia 10/10/2008

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Segundo de Protección del Niño y del Adolescente
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : C-10122-08 N° Sentencia : Fecha: 10/10/2008
Procedimiento:
Revisión De La Obligación De Manutención
Partes:
LISBETH DEL CARMEN TERAN Y ASDRUBAL RAMON VALECILLO GUERRERO
Resumen:
en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la presente acción y se fija conforme al artículo 8, 305 y 369 LOPNNA prudencialmente como Obligación de Manutención en beneficio de niña (se omite), de siete (07) años de edad, la cantidad de CIENTO VEINTICINCO BOLIVARES (Bs.. 125,00) mensuales, adicional de Septiembre por la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs.. 250,00) y de Diciembre por la cantidad de CUATROSCIENTOS BOLIVARES (Bs..400,00) tomando en cuenta el alto costo de la vida, su desarrollo progresivo y el proceso inflacionario vivido desde la fecha de la sentencia que se revisa 14/03/2.005, la fecha de la presentación de esta demanda 27/03/2.008 y de esta sentencia 10/10/2008 En cumplimiento de las previsiones del artículo 369 LOPNA se deja por sentado que las cantidades fijadas están sujetas aumentos automáticos consecutivos que se verificarán de pleno derecho en la misma oportunidad e índice e.....
Juez/Ponente:
Yolanda Felicia Guerrero Guedez
Organo:
Juzgado Segundo de Protección del Niño y del Adolescente
arriba

N° Expediente : C-9353-07 N° Sentencia : Fecha: 10/10/2008
Procedimiento:
Revisión De La Obligación De Manutención
Partes:
RIOMARA FLORES NUÑEZ Y RAMON ENRIQUE BARRIOS RINCON
Resumen:
Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la presente acción y se fija conforme al artículo 8, 305 y 369 LOPNNA prudencialmente como Obligación de Manutención en beneficio de la niña (se omite), de cuatro (04) años de edad, la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs.300,00) mensuales, adicional de Septiembre por la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 800,00) y de Diciembre por la cantidad de UN MIL BOLIVARES (Bs. 1.000,00), adicionalmente en la oportunidad en que se cancele la asignación de prima por hijos, la cantidad equivalente a UN CUARTO (1/4) de lo que el accionado recibe cada mes tal fraccionamiento se hace en razón al número de cuatro (4) hijos que como carga familiar acreditó el demandado de autos, tomando en cuenta el alto costo de la vida, su desarrollo progresivo y el proceso inflacionario vivido desde la fecha de la sentencia interlocutoria que se revisa 26/06/2.006, la f.....
Juez/Ponente:
Yolanda Felicia Guerrero Guedez
Organo:
Juzgado Segundo de Protección del Niño y del Adolescente
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