Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de CONVERSION EN DIVORCIO, de la Separación de Cuerpos por mutuo consentimiento, presentada por los ciudadanos ANABEL CAROLINA ALBAMAR DEL VALLE SANCHEZ MEJIAS Y GERARDO JOSE LARA ARCILA, up supra identificado.
En consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraídos por ellos el día 13 de noviembre del 2.013, por ante el Registro Civil Municipal del Estado Barinas Municipio Barinas; según consta Acta de Matrimonio Nº 1218; cuya copia certificada fue traída a los autos, y se encuentra inserta al folio dos (02) del presente asunto.
Expídanse las copias de Ley.10
Dada, firmada y sellada en la Sala de Desp.....