Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA: El Beneficio de CONFINAMIENTO al Penado ANTONIO JOSÉ GRAU, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.047.813 y de este domicilio; actualmente con Destacamento de Trabajo; por el lapso de UN (01) AÑO, OCHO (08) MESES, CATORCE (14) DÍAS, DIECINUEVE (19) HORAS, TREINTA Y TRES (33) MINUTOS Y TREINTA Y TRES (33) SEGUNDOS, hasta el día 26-11-2005 a las 7:33 p.m., que cumple la totalidad de la pena impuesta, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 53 del Código Penal y Artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Notifíquese al Penado, al Director del Internado Judicial del Estado Barinas y al Fiscal del Ministerio Público. Líbrese Bo.....