DISPOSITIVA
En consecuencia por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados, éste Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control No 03 de éste Circuito Judicial Penal del Estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: CONDENA al acusado VALOY ANDRÉS PÉREZ OJEDA, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V.-15.383.121, de 29 años de edad, soltero, mecánico, grado de instrucción: Sexto, natural de santa Lucia Estado Barinas, nacido el día 13/10/76, hijo de Maria de los Santos Ojeda (V) y José Pérez (D), domiciliado en la Urb. Negro Primero, calle José Félix Rivas, casa N° 315, color Azul, Barinas, Estado Barinas a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISIÓN mas las accesorias de ley establecidas en el artículo 16 del Código Penal Venezolano, como autor del delito de Acto Carnal Consentido previsto y sanciona.....