JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
Barinas, 11 de Abril de 2011
200º y 152º
Con vista a las anteriores diligencias suscritas por el Abogado MARCO AURELIO GÓMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 11.715.337, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 71.995, la primera en fecha 06-04-11, por medio de la cual solicita a este Tribunal que a los fines de verificar la producción de la cautelada, se le solicite produzca a los autos las correspondientes guías donde se exprese la cantidad de producto recolectado y por cuanto de una revisión de las actas que conforman el presente expediente, se constato que en fecha 21 de Junio de 2010, fue decretada la Medida Cautelar de Protección Agroalimentaria sobre el lote de terreno pertenecientes a la Empresas Agropecuarias BARIBIENES C.A., y AGROINVERSIONES BARINAS C.A., y en virtud de acercarse el ciclo de siembra de invierno, es por lo que se hace.....