El adolescente fue sancionado en fecha 05 de mayo de 2010, con la Medida de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, de conformidad con lo establecido en el artículo 620, literal b, y 624 de la Ley Orgánica para Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el lapso de SEIS (06) MESES, por la comisión de los delitos de ROBO GENERICO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto en el articulo 455, en relación a lo establecido en el articulo 83 del Código Penal venezolano vigente, en perjuicio de la ciudadana Julia Senovia Gómez, fue detenido en fecha 05 de diciembre de 2010, otorgándosele Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad el 11 de diciembre de 2010, estableciéndose que la sanción culminaría para los adolescentes el 31 de noviembre de 2011; ahora bien a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 622, Parágrafo Segundo de la Ley Orgánica para Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se determina que los adolescentes; ha cumplido UN (01) MES y DOS (02) DIAS, faltándole por cumplir CINC.....