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Decisiones del dia 11/10/2010

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 3.703-10 N° Sentencia : 3824 Fecha: 11/10/2010
Procedimiento:
Homologación
Partes:
FERRE OFERTA BARINAS, C.A. CONTRA INVERSIONES-CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS
Resumen:
Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN formulada por las partes, en el presente juicio de Cobro de Bolívares por Intimación, intentado por el ciudadano: CARLOS USAMA EL CHAMI AL CHAMI, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V-13.501.045 y de éste domicilio en su carácter de Director-Gerente de la Empresa denominada FERREOFERTA BARINAS, C.A; inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha 25-01-2001, bajo el Nº 57, Tomo: 1-A, debidamente asistido por los abogados en ejercicios: Silvio Pérez Vidal y Saiah Azkul Abou Asali, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nrosº 2.644 y 69.958, en contra de INVERSIONES- CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, inscrita en el Registro Mercantil S.....
Juez/Ponente:
Yriana Diaz Peña
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil
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N° Expediente : 3.744-10 N° Sentencia : 3823 Fecha: 11/10/2010
Procedimiento:
Querella Interdictal Por Despojo
Partes:
INMOBILIARIA EL OTOÑO, C.A. CONTRA WENDY AVILA Y OTROS
Resumen:
En consideración a los anteriores razonamientos, constando en autos que la querella interdictal de despojo intentada, no cumple con los extremos de ley necesarios para su admisibilidad, es por lo que se hace obligante para este Tribunal, NEGAR LA ADMISIÓN DE LA PRESENTE QUERELLA, de conformidad con lo establecido en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil -por ser contraria a una disposición establecida en la ley-, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 783 del Código Civil, al no comprobar sumariamente la parte accionante, la posesión requerida por la legislación sustantiva para ser acreedora de la protección posesoria especial. Y así se decide. LA JUEZ TEMPORAL Abg. Yriana Díaz Peña LA SECRETARIA Abg. Mercedes Santiago
Juez/Ponente:
Yriana Diaz Peña
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil
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