Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN formulada por las partes, en el presente juicio de Cobro de Bolívares por Intimación, intentado por el ciudadano: CARLOS USAMA EL CHAMI AL CHAMI, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V-13.501.045 y de éste domicilio en su carácter de Director-Gerente de la Empresa denominada FERREOFERTA BARINAS, C.A; inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha 25-01-2001, bajo el Nº 57, Tomo: 1-A, debidamente asistido por los abogados en ejercicios: Silvio Pérez Vidal y Saiah Azkul Abou Asali, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nrosº 2.644 y 69.958, en contra de INVERSIONES- CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, inscrita en el Registro Mercantil S.....