conformidad con lo previsto en el artículo 437 literal "c", del Código Orgánico Procesal Penal; SE DECLARO: INADMISIBLE por inimpugnable el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado ALFREDO VALDERRAMA, en su condición de defensor privado del imputado CARLOS ENRIQUE DELGADO CASTELLANO, en contra de la decisión dictada en fecha 11/08/2010, por el Tribunal de Control N° 04 de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en virtud de que la misma se refiere a una negativa de medida cautelar sustitutiva de la privación judicial preventiva de la libertad.