DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos éste Juzgado Segundo de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL, de la presente causa seguida al adolescente NOEL ARNALDO ZAMUDIA LANDAETA, venezolano, de 17 años de edad (época del hecho), titular de la cédula de identidad N° 17.291.052, natural de Barinas, Estado Barinas, nacido en fecha 15/10/85, residenciado en la Urb. Cinqueña III, Sector 04, Casa No. 11, de esta ciudad y donde aparece señalada como víctima el ciudadano HUGO RAMON MEJIAS VILLA, de conformidad con lo establecido en el artículo 561, Literal “e”, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a la partes de la presente decisión y una vez cumplidas las mismas remitir la causa al Archivo, de esta Sección Penal. –