Este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, considerando que la inhibición está hecha en la debida forma y fundada en causa legal, DECLARA CON LUGAR LA INHIBICION de la Abogada REINA CHEJIN PUJOL, en su carácter de Jueza Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, formulada en el juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO interpuesto por el Abogado CARLOS E. RODRIGUEZ GUERRERO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 70.962, en su carácter de co-apoderado judicial de la Empresa Mercantil Corporación Inmobiliaria Táchira, C.A.(CORPOINTACA), representada por su Presidenta ciudadana YENIFER CAROLINA PUJOL GONZALEZ, contra los ciudadanos HORTENCIA COROMOTO MARENCO CAMERO y CESAR AUGUSTO CABRERA REYES.