PRIMERO: LA CONFESIÓN FICTA, por parte del ciudadano Andrés Benítez Camacho, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº 12.970.694, domiciliado en la Urbanización Rodríguez Domínguez, manzana "A" casa Nº 30, del Municipio Barinas del Estado Barinas, en su condición de Arrendatario; en la demanda de Desalojo de Local Comercial, incoada en su contra, por la ciudadana Jesús Erminda Ramírez de Rangel, venezolana, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº 13.791.200, domiciliada en Barinas Estado Barinas, debidamente representada por el Abogado Rafael Gonzales Arias, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº 4.927.468, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 28.006.-
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la demanda de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, ordenándose a la parte demandada ciudadano Andrés Benítez Camacho, hacer la entrega material del inmueble arrendado objeto del presente Juicio, libre de personas y bienes.-
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