´PRIMERO: Con Lugar la Solicitud de Divorcio, formulada por los ciudadanos: FRANCISCO JESUS GONZALEZ MARTINEZ y BRICEIDA DEL CARMEN ALARCON, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, comerciantes, titulares de la cédula de identidad Nros. V-6.532.776 y V-9.338.444, respectivamente, domiciliados el primero Urbanización Villa Bolívar Casa 79, Calle Única Sector Bucaral, Parroquia Barinitas, Municipio Bolívar, Estado Barinas, y la segunda Calle Bolívar con calle El Mamon, casa sin número, al frente a la iglesia Luz y Vida en la Parroquia Torunos del municipio Barinas, Estado Barinas, con fundamento en lo establecido en el artículo 185 del Código Civil y en concordancia con el criterio contenido en la Sentencia Vinculante Nº 693, dictada en fecha 02-06-2015, Expediente Nº 12-1163, por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se declara Disuelto el Vínculo Matrimonial por ellos contraído, en fecha diecisiete (17) de may.....