"Por cuanto tengo la convicción de encontrarme incursa en la causal de recusación prevista en el numeral 17º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, ME INHIBO de seguir conociendo de la presente causa, por cuanto el Abogado en ejercicio Omar Osuna Dávila, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 25.986, quien en la presente causa actúa en su carácter de Abogado Asistente de la parte demandada, ciudadano Luis Amando López Vásquez, titular de la cédula de identidad Nº V-8.147.102, tal como consta en la actuación procesal que riela a los folios 27 y vuelto, y 28 y vuelto de la presente causa, presentó DENUNCIA en mi contra, por ante la Rectoría del Estado Barinas, en fecha 10 de Mayo de 2.006, siendo posteriormente remitida por ése órgano, a la Inspectoría de Tribunales, mediante oficio Nº 539, de fecha 14 de Mayo de 2.006, denuncia referida a la causa Nº 1.237-05, que cursó por ante éste Juzgado, y de cuya lectura se coligen las siguientes afirmaciones que sobre .....