Por las razones antes expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: Primero: Con Lugar el recurso de apelación interpuesto por los abogados Carlos Alberto Romero Alemán y Carlos David Contreras Sánchez, en su condición de defensores privados de los acusados NELSON PEÑA ROJAS, CARLOS MANUEL ROSALES MOLINA y WILMER FIGUEREDO NOEL. Segundo: Se anula la sentencia publicada en fecha 27.03.2015, por el Tribunal Primero en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, por falta de motivación, mediante la cual se había condenado a los acusados NELSON PEÑA ROJAS, CARLOS MANUEL ROSALES MOLINA y WILMER FIGUEREDO NOEL, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO previstos y sancionados en los Art. 458 y 281, en concordancia con el Art. 83 todos del Código Penal Venezolano vi.....