ME ABOCO AL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, en el estado en que se encuentra, por haber sido designado por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en sesión de fecha 13 de mayo de 2011, según oficio N° CJ-11-1119 del 17 de mayo del año en curso, Juez Provisorio de éste Juzgado; se ordena la notificación del abocamiento a la parte demandante, ciudadana JUANA ANTONIETA GUEVARA, en la persona de sus apoderados judiciales, ciudadanos GERMAN ASDRUBAL LOPEZ GUEDEZ y/o ARTURO CAMEJO LOPEZ y/o JUAN PEDRO MANRIQUE, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 2372, 25.544 y 31.249, sin domicilio procesal actualizado señalado en autos, lo cual deberá cumplirse con arreglo a lo preceptuado en los artículos 14 y 233 del Código de Procedimiento Civil.