PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio, fundamentada en la interpretación Constitucional con carácter Vinculante del artículo 185 del Código Civil, realizada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en la Sentencia Nº 1070, de fecha nueve (09) de diciembre del año dos mil dieciséis (2016), Expediente Nº 19-916 con ponencia del Magistrado Dr. Juan José Mendoza Jover, formulada por la ciudadana Marie Alejandra Bastidas Esculpi, venezolana, mayor de edad, civilmente hábiles, titular de la cédula de identidad N.º V- 13.873.619; domiciliada en la Provincia de Lima, departamento de Lima, manzana I, lote 15, 20 de enero upis Huáscar, San Juan de Lurigancho, Lima Perú, debidamente representada por la Abogada en Ejercicio Lousmar Karina Ramírez Franco, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 13.501.923, Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 178.380, domiciliada e.....