Así pues, se observa que el accionante utilizó un procedimiento alterno para buscar la tutela de sus derechos, lo cual se demuestra con la sentencia antes señalada; y siendo que el legislador creó la figura del amparo constitucional para ser puesto en funcionamiento como un recurso extraordinario, no estando dado a las partes utilizarlo como otra instancia para hacer valer sus derechos presuntamente violados, en consecuencia, considera ésta juzgadora, que al accionante la ley le concedía para el momento de la ejecución de la sentencia, otros procedimientos para hacer valer sus derechos, es por lo que por todo lo anteriormente expuesto, éste Tribunal siguiendo criterios jurisprudenciales de nuestro máximo Tribunal, se acoge al criterio de que la acción de amparo constitucional puede ser declarada inadmisible en cualquier estado y grado de la causa. Por lo tanto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente .....