En consecuencia por lo anteriormente señalado este Tribunal de Control No 05 de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Decreta la aprehensión en flagrancia de conformidad con lo establecido en el artículo 93 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia al imputado JUAN CARLOS ARAUJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.547.154, de 36 años de edad, ocupación electricista automotriz, soltero, residenciado en el Barrio San Rafael sector "Los Poetas", casa s/n diagonal al módulo de Barrio Adentro en Barinitas estado Barinas, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, PSICOLOGICA y AMENAZA previsto y sancionado en el artículo 42, 39 Y 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de violencia, en perjuicio de la ciudadan.....