En mérito de los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Superior Primero de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de hecho interpuesto por el ciudadano CESAR MANUEL LANTZ POMA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.-14.550.469, asistido por el abogado JUAN CARLOS LÓPEZ, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V.-6.552.730, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Numero Nº 134.274, contra la decisión de fecha 30/05/2017, que acordó escuchar el recurso de apelación interpuesto contra auto de fecha 26/04/2017, de manera diferida de conformidad con el artículo 488 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Prote.....