DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano WILLIAN JOSE SOTO CARDENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.986.044 contra la empresa "ALFARERIA SAN JOSE C.A."
En consecuencia, se ordena pagar la cantidad de SETENTA Y OCHO MIL CIENTO SETENTA Y TRES BOLIVARES CON OCHENTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 78.173,83). Así como la Corrección Monetaria, los Intereses sobre Prestaciones Sociales, Intereses de Mora y los salarios dejados de percibir en los términos expuestos en la motiva del presente fallo, a cuyos efectos se ordena experticia complementaria del fallo.
Dada la anterior declaratoria no hay especial condenatoria en.....