Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de Divorcio basada en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos JACKSON JOSÉ MONSALVE ROA y GENESIS DEL CARMEN MONTERO AVENDAÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de Identidad números. V-23.026.228 y V-20.961.079 respectivamente, a).- DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contrajeron Matrimonio Civil por ante el Registrador Civil Municipal, del Municipio Barinas, Estado Barinas, en fecha 09 de Febrero de 2009, según acta de matrimonio N° 96, que riela al folio (03). b).- En relación a la Custodia, así como también en lo relativo a la Patria Potestad, Obligación de Manutención y al Régimen de Convivencia Familiar, s.....