declara como únicos y universales herederos del de-cujus José Antonio Salas, a la solicitante ciudadana Alicia Ramona Salas Rodríguez, ya identificada, y a los ciudadanos Nery Violeta y Oscar Antonio Salas Arévalo, Rosa María, Manuel Antonio, Eufracio José, Luz Maiba e Ingrid Carolina Salas Rodríguez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 7.915.280, 9.380.987, 10.560.798, 10.560.799, 11.717.478, 16.635.257 y 16.635.256 en su orden. Se dejan a salvo los derechos de terceros.