En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO de los ciudadanos:JESUS MARIA GARCIA ORDUÑA Y ANGELA DEL CARMEN MEJIAS FERRER, ya identificados, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil venezolano; y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído por ante EL Registro Civil de la Prefectura del Municipio Alberto Arvelo Torrealba del Estado Barinas, en fecha 18 de marzo de 1977, según se evidencia de la copia certificada del acta de Matrimonio signada bajo el N° 13, Año:1977.-