Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN formulada por las partes, en el presente juicio de Nulidad de Notas de Registro, intentado por el ciudadano CARLOS LUIS ABREU, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-894.546, en contra de los ciudadanos BERTHA URQUIOLA DE RAMOS, MANUEL ELOY RAMOS URQUIOLA y CARLOS MIGUEL RAMOS URQUIOLA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.504.789, V-4.259.391 y V-4.926.643 respectivamente. Se acuerda expedir los dos (2) juegos de copias mecanografiadas certificadas solicitadas en la Transacción y se ordena el archivo del expediente.
Publíquese, Regístrese y Expídanse las copias de Ley.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de .....