este Juzgado Segundo del Municipio Barinas de La Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 15, 206, 207, 211 y 212 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA LA NULIDAD del acto de posiciones juradas realizado en fecha tres (03) de agosto 2006 y ORDENA LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de ordenar y librar boleta de citación a la parte actora para que absuelva las posiciones juradas promovidas por la parte demandada