DISPOSITIVA
Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, con fundamento legal en el artículo 256 Ord.3° del Código Orgánico Procesal Penal, solicitada por la Defensa Privada ABG. JORGE QUINTERO, a favor del acusado: JOSE GREGORIO JOYO LINARES, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16126294, de 24 años de edad, nacido el 09-06-1980, en Barinas, albañil, hijo de Locadia Linares (D) y de Jerónimo Joyo (V), residenciado en Barrio Mijagua II, Calle El Silencio N° 10-89. Teléfono 0416-7791777, Barinas Estado Barinas, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Art. 460 del Código Penal. Líbrese Oficio a la Oficina del Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal de este Estado, sobre las presentaciones impuestas. Líbrese Boleta de Libertad. Notifíquese a las partes de conformidad a lo previsto en los artíc.....