DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos Rubén Sánchez García y Maribel Ayala de Sánchez, ya identificados, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído por ante la Prefectura del Municipio Antonio José de Sucre, Socopó Estado Barinas, en fecha 14 de diciembre de 1990, según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio Nº 305.