El adolescente fue sancionado en fecha 17 de Mayo de 2011, con la Medida de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTAS, de conformidad con los artículos 620, literal "b" y 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, por el lapso de DOS (02) AÑOS, por la comisión del delito de ROBO HURTO AGRAVADODE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 1º, numerales 2, 3 y 5 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehiculo Automotor. Se determina que el adolescente, fue detenido por el hecho en fecha 01 de Mayo de 2011, por lo que ha permanecido privado de su libertad, previo a la fecha de la sanción, por un lapso de DIECISEIS (16) DIAS; que de la sanción ha cumplido, hasta el día de hoy, VEINTINUEVE (29) DIAS y así mismo que le falta por cumplir UN (01) AÑO, ONCE (11) MESES Y DOS (02) DIAS, también se establece que la sanción CULMINARIA el 17 DE MAYO DE 2013; ahora bien a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 622, Parágrafo Segundo de la Ley.....