SEGUIDAMENTE LA JUEZA DE ESTE DESPACHO, toma la palabra y expone: Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Revisadas como han sido las actuaciones que conforman este expediente, este Tribunal constata, que tal y como lo señala la representación fiscal, con las actuaciones que hasta ahora han sido recabadas no se constata la participación del adolescente en ningún tipo penal que le pueda ser imputado, motivo por el cual, de conformidad con el artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se decreta la LIBERTAD PLENA del adolescente NOMBRE OMITIDO ARTICULO 545 LOPNNA SEGUNDO: Se acuerda seguir la presente causa por las reglas del PROCEDIMIENTO ORDIN.....