Este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO en el recurso de nulidad conjuntamente con amparo cautelar, interpuesto por el Fondo de Comercio "Tiendas Rilorg", por intermedio de su coapoderada judicial abogada Elsy Leonor Carrasco, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 104.727, contra la Providencia Administrativa Nº 014-2009, dictada en fecha 07 de enero de 2009, por la Inspectoría del Trabajo "General Cipriano Castro" del Estado Táchira.