DISPOSITIVA
Por las razones expuestas este Tribunal Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, incoada por el Abg. CARLOS EMILIO CASTELLANOS CARREÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48291, en su condición de apoderado Judicial del BANCO PROVINCIAL S.A., BANCO UNIVERSAL, contra el ciudadano: JOSÉ DE LA TRINIDAD AZUAJE LINARES, venezolano, mayor de edad, soltero, comerciante, titular de la cédula de identidad N° V-5.634.582, domiciliado en Barinas Estado Barinas.
SEGUNDO: Se ordena a la parte demandada a hacer entrega inmediata del bien mueble de las siguientes características: un vehículo de las siguientes características: MARCA: CHEVROLET; MODELO-TIPO: LUV; MODELO AÑO: 2008; COLOR: AZUL; USO: CARGA; SERIAL DE CARROCERÍA: 8LBETF1N58000.....