PRIMERO : Por unanimidad de sus miembros, CONDENA al acusado Alexander Jose Garcés Moreno, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-17291.287, fecha de nacimiento 14-6-81, de ocupación criador de peces, natural de Barinas, domiciliado en el Barrio Coromoto, calle 3, casa N ° 4, Barinas, hijo de Eladio Garces (v), Teresa Moreno, (v), a cumplir la pena de Doce ( 12) Años de presidio, más las accesorias de ley establecida en el artículo 13 ejusdem; por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal Vigente, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de Yovanny José Bencomo. SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el art 367 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que la pena por el delito condenado es mayor de cinco (5) años, se decreta su inmediata detención desde esta sala de audiencia. TERCERO: Se acuerda librar boleta de encarcelación al Internado Judicial del Estado.....