Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Protección del Niño y Adolescente, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de Ley, DECLARA CON LUGAR, el OFRECIMIENTO DE FIJACION A LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN interpuesta por el ciudadano JESUS DANIEL GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-16.791.189, en beneficio de los niños ANGEL DANIEL Y KATHERINE DANIELA GOMEZ ALVARADO, de 06 y 05 años de edad, respectivamente, por la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES FUERTES EXACTOS, (Bs. 300,00) mensuales, así como el bono de Septiembre para útiles escolares de TRESCIENTOS BOLIVARES FUERTES EXACTOS, (Bs. 300,00), adicionales y el bono en el mes de diciembre para sus estrenos de TRESCIENTOS BOLIVARES FUERTES EXACTOS, (Bs. 300,00); así como el 50% de los gastos de medicinas, en el caso que fueren necesarias. Así se Decide. De conformidad con el articulo 76 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, 3.....