Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial Del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de CONVERSION EN DIVORCIO, de la presente separación de cuerpos por mutuo consentimiento, de los ciudadanos: FRANKIN DEL VALLE LUQUE URQUIOLA Y SOLANDY DEL VALLE RAMOS OSORIO, venezolanos, mayores de edad, cédulas de identidad Nº V-16.126.415 y V-20.599.409, respectivamente, en consecuencia queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que ambos contrajeron en fecha 03/062.015, por ante el Registro Civil Municipal la Alcaldía del Estado Barinas, de fecha 03/06/2015; Acta de Matrimonio Nº 516, en la cual se evidencia que dichos ciudadanos contrajeron matrimonio civil, en la referida fecha.
Expídanse las copias de Ley.
Dada, firmada y sellada en la Sala de D.....