PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos Jesús Gregorio Nieto Liendro y Sandra Judiht Hernández Ayala, supra identificados, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído, en fecha 25 de julio de mil novecientos noventa y uno (1991), por ante la Prefectura del Municipio Barinas del Municipio Barinas del Estado Barinas, hoy Registro Civil.