En consecuencia éste Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO solicitada por los ciudadanos CARLOS JESÚS CARVAJAL y YULEIDA GAHY RANGEL, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-18.331.275 y V-11.716.916, respectivamente,, QUEDANDO DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que tenían según Acta Nº 73 de fecha 16/12/2013, contraído por ante el Registrador Civil de la Parroquia Barrancas del Municipio Cruz Paredes del estado Barinas. Conforme el artículo 375 LOPNNA SE HOMOLOGA, los términos de arreglo en cuanto al cumplimiento del deber de manutención, de custodia y régimen de convivencia familiar de la hija habido en el matrimonio dejando por sentado que las cantidades acordadas estarán sujetas a aumentos automáticos consecutivos que se verificarán en la misma oportunidad e índice en que se au.....