este Tribunal de Ejecución N° v01, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, AUTORIZA el cambio de condiciones del ciudadano LUIS FELIPE CABALLERO LIZCANO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.109.803, de 27 años de edad, nacido el 28/06/1980, natural de Campo Barinas Estado Táchira, de estado civil soltero, ocupación u oficio obrero de campo hijo de Esteban Caballero (M) y Sabina Lizcano (v), residenciado en el Caserío Roble, MUNICIPIO OBISPOS EDO BARINAS, a la dirección siguiente: FINCA BANCO LARGO, UBICADA EN LA VÍA A LIBERTAD DE BARINAS, ENTRE LA POBLACIÓN DE LA LUZ Y EL TAMBOR, manteniendo las condiciones la obligación de pernoctar los fines de semana (sábados y domingos) en el Internado Judicial de la Ciudad de Barinas, hasta tanto sea habilitada la Comandancia General de Policía para tales fines, todo ello de conformidad a lo establecido en el artículo 510 parte in fine del Código Orgánico Procesal Penal. .....