D I S P O S I T I V A:
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal de los Municipios Obispos y Cruz Paredes de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar la Solicitud de Fijación de la Obligación de Manutención, interpuesta en fecha 03 de Diciembre de 2.012, por la Ciudadana: Alba Faudilyn Araujo Escobar, y en consecuencia, fija la cantidad de MIL BOLIVARES (Bs. 1000,oo) mensuales, que se ordenan cancelar por el demandado en autos, a partir del presente mes de Julio del año 2.013, en beneficio de su hija: Dalbanis Gabriela Rodríguez Araujo; y la Bonificación Especial en el mes de Diciembre de cada año para cubrir gastos estrenos
navideños, adicionales a la obligación de ese mismo mes, este Juzgado acuerda fijar la cantidades de DOS MIL BOLÍVARES (Bs. 2000,oo).-
SEGUNDO: En cumplimiento de lo previsto en el Artícu.....