DISPOSITIVA:
En orden a los hechos expuestos anteriormente éste Juzgado Primero del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por mandato de la Ley dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la ACCION DE DESALOJO, intentada por el ciudadano Fulvio Ambrosi, asistido por el abogado en ejercicio Juan Carlos Montilla Michelena, inscrito en el inpreabogado bajo el número 66.699, ambos de este domicilio, contra la ciudadana María Eugenia Ruiz, domiciliada en la ciudad de Puerto Píritu Estado Anzoátegui, todos ampliamente identificados en autos.
SEGUNDO: Se ordena a la parte demandada ciudadana María Eugenia Ruiz, hacerle entrega al demandante ciudadano Fulvio Ambrosi, el inmueble arrendado consistente en una casa para habitación familiar ubicada en la calle Zaraza, sector el Tejar, sin número, al lado de residencias Montemar de la ciudad de Puerto Pí.....