declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana Ildemar Celis Díaz, ya identificada, sobre unas mejoras y bienhechurías enclavadas sobre una parcela de terreno municipal, de los denominados ejidos, con un área de 171,00 MTS2, ubicados en el Barrio Primero de Diciembre, calle 14, parcela Nro. 124 de esta ciudad de Barinas, estado Barinas, y dentro de los siguientes linderos: norte: calle 14; sur: casa Nro. 74; este: casa Nro. 125; y oeste: casa Nro. 123; consistentes en una casa quinta de dos niveles, de habitación familiar, compuesta de cuatro (04) habitaciones con sus respectivas puertas de madera y ventanas basculantes, un baño, cocina, comedor, sala, balcón y terraza, techo de concreto armado, tanto en el nivel superior como en el nivel inferior, piso de cerámica y de estructura de concreto en general, paredes de bloque de cemento frisadas y pintadas con pintura de caucho. En la parte inferior de la de .....