D I S P O S I T I VA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Control Nº 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CALIFICA COMO FLAGRANTE, la Aprehensión del imputado Gregorio del Carmen García Sosa por la presunta comisión del delito de Ocultamiento de Arma de Fuego tipificado en el artículo 278 del Código Penal, de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, al prenombrado imputado quien es de las siguientes características personales: venezolano, soltero de 30 años de edad, nacido en fecha 23-07-1974, hijo de José García (v) y Rosalía Dugarte (v), de oficio comerciante del mercado mayorista, titular de la cédula de identidad N° 13592189, residenciado en el barrio Mi Jardín, calle 5 , sector IV, casa N° 504, .....