En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, levanta la MEDIDA AUTÓNOMA DE PROTECCIÓN a la actividad agropecuaria, llevada a cabo en el predio rústico denominado "El Alcaravan", por la parte solicitante Agropecuaria CARMANIA C.A., y Levanta la MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA, a favor de las Cooperativas denominadas, Guerrero de la Revolución, Camilo Cien Fuego, El Remanso de Paz, y Gracias de Jesús, apostadas en el predio, ubicado en el Sector El Toreño, Parroquia Alto Barinas, Municipio Barinas del Estado Barinas. Por otra parte, se insta a la parte interesada a solicitar ante el Instituto Nacional de Tierras, los tramites correspondientes a los Certificados establecidos en los artículos 41 y siguientes, 49 y siguientes de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, segú.....