DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley; DECLARA ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la abogada Adys Sivira en su condición de defensa pública de los acusados LUZ OMAIRA QUIÑONEZ ESCALANTE, NANCY COROMOTO QUIÑONEZ ESCALANTE, CARLOS ALBERTO QUIÑONEZ, JOSE PASTOR VIVAS, contra la decisión proferida en fecha 16/05/2011 por el Tribunal 3° de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual niega el Decaimiento de la Medida Preventiva de la Privación Judicial de Libertad a los acusados antes mencionados; por la comisión de los delitos de SECUESTRO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionados en el Art. 460 en su primer aparte en concordancia con el Art. 83 del Código Penal, HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COOPERADORA, previsto y sancionado en numeral 1° en concordancia con el artí.....