ORDEN DE APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO
Se ordena la Apertura a Juicio Oral y Público de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal del acusado: RONALD JOSE BENCOMO ROJAS, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 20.012.739, de 22 años de edad, nacido el 20/02/1986, en Barinas, ayudante de albañilería, hijo de María Hortensia Rojas (V) y de Ramón José Bencomo (V), residenciado en el Barrio mi Jardín, etapa 4, calle 4, parcela 414, teléfono 0416-8729563 de la mamá, Barinas Estado Barinas, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código penal y ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR AMBOS EN GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionado en el Art. 5 y 6 Ord. 1°, 2°, 3°, 5°, 8° y 10° de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, en concordancia con el Art. 83 del Código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano Glendis Elviro Azuaje Agüero.
HABIDA CUENTA.....