En mérito de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO BARINAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 243 del Código de Procedimiento Civil y 185-A del Código Civil Vigente, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, presentada por los ciudadanos NORLIS EDIANE ORTIZ LOPEZ y JOSE JAVIER BRICEÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V–13.556.124 y V-17.662.836, respectivamente, asistida por el Abogado en ejercicio ALBERT ALFONSO HERNANDEZ RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 156.787, quienes contrajeron matrimonio Civil por ante el Alcalde del Municipio Páez del estado Portuguesa, en fecha 26-10-2006, según se evidencia en el Acta Nº 441, cursante al folio (03), de este expediente) de este expediente.
Déjese copia ce.....