En consecuencia por lo anteriormente señalado este Tribunal de Control N° 03 de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: PRIMERO: Decreta como flagrante la aprehensión de los ciudadanos JOSÉ DANIEL CORONIL GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 17.203.247, de oficio chofer, edad 22 años, fecha de nacimiento 31-05-86, hijo de José Gregorio Coronil (f) Maria Ernestina González (v) residenciado en Barrio 1° de Diciembre sector II, calle 15 N° 217, numero de Telf. 0414-9546904, LEONARDO DANIEL ROJAS CORONIL, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 22.981.075, Oficio vigilante, edad 20 años, fecha de nacimiento 18-02-88, hijo de José Rojas Barrios (v) Yocoima Margarita Cornil Revilla, residenciado en Urb. el Milagro calle Cruz paredes sin numero posta N° 02, cerca del Injuba y CLAUDIO ANTONIO VARGAS MENDOZA, venezolan.....