ME ABOCO AL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, en el estado en que se encuentra, por haber sido designado por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en sesión de fecha 13 de mayo de 2011, según oficio N° CJ-11-1119 del 17 de mayo del año en curso, Juez Provisorio de éste Juzgado; se ordena la notificación del abocamiento a la parte demandante, ciudadanos JOSE GREGORIO ZERPA ROMERO y/o GRELIMAR DEL CARMEN MONTOYA GALLARDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 9.205.809 y 12.203.287, Abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 132.476 y 65.422, con domicilio procesal Urbanización Alto Barinas Sur, Sector Cafinca Uno, Avenida Los Llanos, Galería Mirian, oficina 01, al lado del Conjunto Residencial Palma de oro, Municipio Barinas, Estado Barinas, en su carácter de Apoderados Judiciales de los ciudadanos DORA DILSA, GREY ESMIR, CAROLINA DEL VALLE Y NEIDA TARAZONA MONROY, lo cual deberá cumplirse con arreglo a lo precept.....